ATENCIÓN VTV y licencias de conducir: Nuevo requisito

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Domicilio vial: Nuevo requisito para usuarios de VTV y licencias de conducir



El ministerio de Transporte bonaerense resolvió la obligatoriedad Domicilio Vial Electrónico para acceder a la licencia de conducir y VTV. ¿Cómo se tramita?

El Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires, a cargo de Jorge D’Onofrio, resolvió la obligatoriedad:
  • Del Domicilio Vial Electrónico 
  • Para usuarios de: 
    • La VTV
    • Centros Emisores de Licencias de Conducir 
    • Diversos trámites administrativos.

Desde el mes de junio de 2023, y en base a la Resolución N° 125/2023:
  • Es obligatoria la constitución del Domicilio Vial Electrónico (DVE) para ciudadanos que deban realizar trámites o gestiones administrativas en distintas áreas institucionales del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires

La medida busca “Mejorar y agilizar los tiempos en los procesos administrativos” y “Brindar más seguridad en términos jurídicos a usuarios y usuarias” afirman desde la cartera provincial.

Asimismo, aseguran que DVE permitirá “Una comunicación más fluida para la información de avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y otras cuestiones que facilitan los mecanismos de gestión a las y los ciudadanos”.

¿Quiénes y cómo deben tramitar del Domicilio Vial Electrónico (DVE)?

Domicilio Vial Electrónico:

La normativa se aplicará desde el 1 de junio:
  • A toda persona física o jurídica, mayor de 18 años y/o que tenga la expresa autorización de sus padres o tutores
  • Que deba efectuar cualquier trámite, gestión y/o procedimiento ante los Centros de Emisión de: 
    • Licencias de Conducir
    • Juzgados Administrativos de Infracciones de Tránsito Provincial
    • Talleres de Verificación Técnica Vehicular
    • En el portal oficial del Ministerio de Transporte 
      • www.gba.gob.ar/transporte
      • Quienes deberán registrar, constituir y dar de alta, por única vez, un "Domicilio Vial Electrónico".


Cabe señalar que, para las personas mayores de 70 años de edad, la constitución del DVE es optativo.

El DVE es un instrumento creado a los fines de que se cursen allí todos: 
  • Los avisos
  • Citaciones
  • Intimaciones
  • Notificaciones y/o 
  • Comunicaciones 
  • Que se originen como consecuencia de una infracción de tránsito constatada, incluido el dictado de sentencia y tratamiento de recursos, sin perjuicio de otras modalidades legales existentes.

De esta manera, toda notificación recibida por los ciudadanos al DVE se considerará “Notificación fehaciente” a todos los efectos legales.

¿Cómo gestionar el  Domicilio Vial Electrónico?


✅Persona Humana:
  • Deberá tramitarse personalmente completando un formulario (físico o en línea) al momento de realizar trámites presenciales ante alguna de las dependencias enunciadas o
  • Ingresando al portal oficial del Ministerio de Transporte:
    • https://www.gba.gob.ar/transporte
    • O el que en el futuro lo modifique o reemplace- y proceder de acuerdo a las indicaciones y/o manual de registración que allí se proporcionan.

✅Persona Jurídica:

  • Deberán constituir "Domicilio Vial Electrónico" a través de su representante legal y/o apoderado con facultades suficientes, quien a la vez deberá haber constituido el propio de forma previa. 
  • Los instrumentos de comunicación que reciban las personas jurídicas en su "Domicilio Vial Electrónico" constituido, serán accesibles para su representante legal y para quién éste haya delegado el acceso.

¿Cómo acceder al Domicilio Vial Electrónico? 

  • A los fines del acceso a su "Domicilio Vial Electrónico", el usuario deberá: 
    • Ingresar al sitio https://domiciliodigital.gba.gob.ar 

    • Acreditar su identidad a través de alguno de los proveedores disponibles, que certifiquen un nivel de seguridad sustancial o superior. 
    • La omisión de este paso no podrá invocarse para alegar la nulidad de los avisos, citaciones, intimaciones, notificaciones y/o comunicaciones cuando las mismas se hubieran realizado de conformidad con los lineamientos establecidos en la Resolución N° 125/23 del Ministerio de Transporte de la Provincia de Buenos Aires y los datos brindados durante la registración yalta o consignados en el formulario correspondiente.

Obligaciones del Ciudadano 

  • Será obligación del adherente ingresar al "Domicilio Vial Electrónico" y 
  • Verificar la existencia de notificaciones
  • Así como también mantener actualizados sus datos constituidos, debiendo informar toda modificación que sobre ellos se produzca.

¿Qué se comunicará a través del Domicilio Vial Electrónico?

  • Avisos
  • Citaciones
  • Intimaciones
  • Notificaciones
  • Comunicaciones 
    • Que se originen como consecuencia de: 
      • Una infracción de tránsito constatada, incluido el dictado de sentencia y tratamiento de recurso, que deban efectuarse al presunto infractor por las autoridades de aplicación y comprobación establecidas en la Ley N° 13.927, sin perjuicio de otras modalidades legales existentes. 
    • Del mismo modo, se comunicarán avisos de proximidad de vencimiento de:
      • Licencias de conducir o 
      • De la verificación técnica vehicular ylo 
      • Cualquier otra inherente a los trámites promovidos. 
    • La Autoridad de Aplicación remitirá a modo de recordatorio de cortesia, una notificación a la persona fisica y/o juridica registrada, mediante correo electrónico o mensaje telefónico, informando de nuevas comunicaciones practicadas al Domicilio Vial Electrónico.

Beneficios de la normativa:

  • Otorga seguridad jurídica 
  • Reduce los tiempos del proceso administrativo
  • Asegura la rápida y efectiva comunicación acerca de las infracciones de tránsito labradas, buscando desalentar la repetición de la conducta disvaliosa y 
  • Garantiza el efectivo cumplimiento por parte de la Administración del deber de informar a los ciudadanos/as.

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Fuente:
https://www.gba.gob.ar/seguridadvial
https://www.infoplatense.com.ar/



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