Nuevo sistema de autorregistro de drones: Cambios, requisitos y qué dice la nueva normativa
✈️ Un nuevo paso en la regulación aérea
La Administración Nacional de Aviación Civil (ANAC) anunció el lanzamiento del nuevo sistema de autorregistro de drones a través del Registro Nacional de Aeronaves (RNA).
Se trata de una herramienta digital, ágil y sin costo que permite obtener de forma automática la matrícula nacional LV-R, identificando oficialmente cada dron ante la autoridad aeronáutica.
El trámite se realiza desde el sitio rpas.anac.gob.ar con el usuario del Casillero Aeronáutico Digital (CAD).
Una vez completados los datos personales y técnicos, el sistema emite una oblea con la matrícula LV-R y un código QR, que puede imprimirse y adherirse al dron.
🧭 ¿Cómo realizar el autorregistro?
- Ingresar a rpas.anac.gob.ar con usuario y contraseña del CAD.
- Si no estas registrado ingresa acá
- Completar los datos personales y/o societarios.
- Cargar la información técnica del dron.
- Descargar la oblea con matrícula LV-R y código QR con los datos oficiales del registro.
Desde la sección “Mis RPAS”, los usuarios pueden también dar de alta o baja sus drones.
🆕 Reempadronamiento y nueva normativa
Según la Resolución ANAC 550/2025, quienes aún tengan drones registrados bajo la matrícula ARVNT deben realizar el nuevo autorregistro para obtener la matrícula LV-R.
En cambio, quienes ya cuenten con un certificado vigente LV-R emitido por el RNA no deben repetir el trámite.
La normativa también establece que los drones de hasta 250 gramos destinados a uso recreativo quedan exentos del registro obligatorio, mientras que los de mayor peso o uso profesional sí deben registrarse.
📚 De la Resolución 880/19 a la 550/2025: Un cambio de paradigma
Hasta 2023 regía la Resolución 880/19, que clasificaba los drones por peso (de clase A a E) y uso (recreativo, científico o comercial). Esa norma no los consideraba aeronaves y regía la responsabilidad civil objetiva, es decir, el operador debía responder ante cualquier daño.
Con la nueva Resolución 550/2025, los drones pasan a ser reconocidos como aeronaves y se establecen tres categorías operativas:
- 
Abierta: Drones de hasta 250 gramos, sin necesidad de autorización, registro ni seguro. 
- 
Específica: Exige autorización, seguro y certificado de explotador para aeronaves de 25 a 150 kg (por ejemplo, drones de fumigación). 
- 
Certificada: Para drones de más de 150 kg, habilitados para transporte de objetos o tareas complejas, con todos los requisitos habilitantes. 
⚠️ Debate sobre seguridad y responsabilidad
Especialistas advierten que la flexibilización del registro y la falta de seguro obligatorio generan un vacío legal: Si un dron sin registro causa un daño o vulnera la privacidad, resulta más difícil identificar al responsable.
“Hoy, la regulación argentina pasó de un esquema restrictivo y protector a uno más flexible, orientado a impulsar el mercado y la innovación, pero la eliminación de seguros y registros obligatorios abre interrogantes sobre la seguridad, la intimidad y los derechos de los ciudadanos”, señaló Eduardo Pozzoli, especialista en Derecho Aeronáutico de la UNCUYO.
🌎 Comparación internacional
A diferencia de Argentina, otros países mantienen esquemas más estrictos:
- 
Unión Europea, Canadá, Japón y Australia: exigen registro, capacitación y seguro obligatorio. 
- 
Estados Unidos: requiere registro ante la FAA y cursos básicos, aunque el seguro no siempre es requisito. 
- 
Argentina: eliminó la obligatoriedad de seguros y redujo los registros mínimos. 
🧩 Un sistema más simple, pero con nuevos desafíos
Con el nuevo autorregistro, la ANAC busca simplificar los trámites y dar trazabilidad a las operaciones aéreas no tripuladas, impulsando el desarrollo del sector.
Sin embargo, el desafío estará en equilibrar la innovación tecnológica con la protección legal y la seguridad de las operaciones, en un escenario que recién comienza a despegar.
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