Subte gratis: Simplifican el trámite para jubilados y pensionados

Subte: Jubilados y pensionados podrán tramitar más fácil el pase gratuito

La Ciudad modificó el sistema para acceder al beneficio y eliminó varios requisitos digitales. El trámite podrá hacerse de manera presencial con DNI y recibo de haberes.

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Subte gratis para jubilados y pensionados: Conocé quiénes pueden acceder al beneficio, qué requisitos se eliminan y cómo será el nuevo trámite en la Ciudad.

Un trámite más simple

La Legislatura porteña aprobó una modificación de la normativa que regula el acceso al pase gratuito para jubilados, pensionados y retirados de las Fuerzas Armadas y de seguridad que cumplan con los requisitos establecidos.

El objetivo es facilitar el acceso al beneficio y eliminar gestiones digitales que hasta ahora podían dificultar el trámite.


¿Quiénes pueden acceder al beneficio?

El pase gratuito está destinado a quienes perciben hasta 2,5 haberes mínimos.

Según explicó el jefe de Gobierno porteño, Jorge Macri, una vez realizado el alta, los beneficiarios podrán utilizar directamente su DNI para ingresar al subte a través de los molinetes.

Aprobamos una ley para que los jubilados de la Ciudad, que cobren hasta 2,5 haberes mínimos, puedan viajar gratis en subte directamente con su DNI. Se dan de alta, pasan el DNI por el molinete. Simple”, sostuvo el Jefe de Gobierno, Jorge Macri. Es un proyecto de la diputada Graciela Ocaña, trabajado en forma conjunta. 


Qué cambia a partir de la nueva normativa

Hasta ahora, quienes solicitaban el beneficio debían ingresar al sistema de Trámites a Distancia (TAD), presentar documentación de ARCA y gestionar además la certificación negativa de ANSES.

Con la modificación, esos requisitos dejarán de ser necesarios.

El trámite podrá realizarse de forma presencial en todas las estaciones cabecera de la red de subterráneos y en las sedes comunales de la Ciudad.

Para solicitarlo, será suficiente presentar:

  • DNI
  • Recibo de haberes

La administración porteña será la encargada de verificar la información y cruzar los datos con organismos nacionales, como ANSES y ARCA, además de las bases de datos locales.


¿Cuándo comenzará a aplicarse?

La modificación deberá ser promulgada y posteriormente reglamentada por el Poder Ejecutivo porteño.

Una vez promulgada, la Ciudad tendrá un plazo máximo de 60 días corridos para establecer la reglamentación correspondiente y poner en marcha el nuevo esquema.


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Fuente:
Gobierno de la Ciuda de Buenos Aires

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