Fotomultas: ¿Prevención o recaudación?

Fotomultas: ¿Prevención o recaudación?

La finalidad de las infracciones debe ser, principalmente, de carácter preventivo y no meramente recaudatoria.


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Nuestro país tiene el triste privilegio de estar al tope en las estadísticas mundiales sobre mortalidad y lesiones graves en accidentes de tránsito. 
Ello, pone de manifiesto una conducta proclive a violar las normas.

Los incesantes avances tecnológicos de las ultimas décadas han permitido crear nuevos sistemas mecánicos de control que complementan las ya tradicionales modalidades de control realizadas por algún funcionario específicamente destinado a esa tarea (Agente de seguridad).

Aparecen así los llamados “Sistemas de control inteligente de tránsito”, que a partir de la utilización de radares o equipos electrónicos permiten la captación de infracciones a través de fotografías (las “fotomultas”). 

En nuestro país es aplicado en la Cuidad de Buenos Aires y en distintas provincias y municipios.

Sin perjuicio de lo dicho, habrá que tener en cuenta que para que las “Fotomultas” tengan plena validez se requiere el cumplimiento de ciertos requisitos técnicos y legales, pues la aplicación de nueva tecnología en materia de tránsito vehicular no debe hacernos olvidar que la finalidad de las infracciones debe ser, principalmente, de carácter preventivo y no meramente recaudatoria.

El exceso de velocidad, sumado al mal estado de nuestras rutas, es uno de los factores de riesgo que peores consecuencias provocan.


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La correcta señalización y las consiguientes multas por infracciones de tránsito suelen ser un elemento útil para disuadir, prevenir y despertar en los conductores la necesaria conciencia




Pero en los últimos años han proliferado en numerosas rutas nacionales y provinciales radares fijos y móviles para registrar supuestos excesos de velocidad y labrar fotomultas que, bajo el pretexto de la indispensable prevención vial, persiguen fundamentalmente un fin meramente recaudatorio, distorsionando su propósito original. 

Es el caso de no pocos municipios que, impulsados por una voracidad fiscal insaciable, lucran con los conductores, sin siquiera respetar los debidos procesos y generando procedimientos administrativos totalmente ajenos a la legislación nacional de tránsito. 

Es dable pensar que un elevado número de automovilistas acostumbre transgredir las normas y no respetar las velocidades máximas. 
Pero si se analiza la localización y el funcionamiento de muchos de los radares, podríamos advertir que han sido ubicados en forma artera y premeditada, apuntando a inducir a infracciones muy difíciles de evitar, antes que a crear conciencia vial o prevenir tragedias.

En numerosas ocasiones, en diferentes localidades bonaerenses, la ubicación de las cámaras está señalizada, pero la distancia entre ellas y las señales de tránsito que disponen una disminución drástica de la velocidad máxima permitida es muy corta. 

En algunas localizaciones, tener que reducir la velocidad desde los 120 a los 60 kilómetros por hora en pocos metros solo suma más peligrosidad aún. 
Hay casos donde la velocidad máxima exigida se reduce de 100 a 80 kilómetros por hora, y luego a 60 o incluso a 40, en escasos 50 metros. 
Otros, donde recurrentemente se multa al automovilista por supuestos excesos por encima de los 60 kilómetros por hora, sin que exista señalamiento alguno, incluso en zonas agrícolas o sin urbanizar. 
A lo largo del Acceso Oeste, vía rápida si las hay, las señalizaciones fijan máximas de 80, 100, 110 y 130 kilómetros por hora según los tramos, por lo que resulta especialmente artera la presencia de camionetas con cámaras, aprovechándose de las variaciones de por sí tramposas.

Algunas rutas presentan tramos donde debe bajarse la velocidad de 80 a 20 kilómetros por hora ante supuestos cruces ferroviarios por donde el último tren pasó hace más de 60 años. 

Independientemente de la existencia de automovilistas que violan peligrosamente las velocidades máximas, poniendo en juego vidas propias y ajenas, muchísimas infracciones detectadas a través de las cámaras afectan a respetuosos conductores que no llegan a reducir la velocidad en una distancia definitivamente corta y que son sorprendidos por los radares circulando a escasos kilómetros por hora por encima de los permitidos.

La aplicación de las normas exige razonabilidad y transparencia a fin de evitar arbitrariedades, como las que enfrentan numerosos conductores que, pese a poner su mejor voluntad y empeño para manejar con cuidado, son blanco de un verdadero "curro" montado por municipios que, lejos de propender a la seguridad vial, solo pretenden financiar sus elefantiásicas e ineficientes estructuras administrativas con trampas tendientes a aprovecharse de la ingenuidad y buena fe de los automovilistas.

En general, para recibir información adecuada respecto a la legalidad o no de las fotomultas es conveniente dirigirse a la Defensoría del Pueblo de la provincia o municipio correspondiente o a la Dirección Nacional de Vialidad ingresando en http://www.vialidad.gov.ar/multas/multasfotograficas.php donde también hay modelos de descargo o por correo electrónico a ajuridicos@vialidad.gov.ar

Conclusión:

❗Respetar las velocidades permitidas


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Fuente:
http://www.ciudadyderechos.org.ar/archivos/infutil/fotomultas.pdf
https://www.lanacion.com.ar/

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