¿Conocés las reglas de velocidad al volante?

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El exceso de velocidad es de las principales causas de muerte en las rutas y calles


Una de las causas más frecuente de los accidentes de tránsito es debido los excesos de velocidad, por lo que es necesario concientizar a los conductores del peligro que ello supone para que respeten los límites de velocidad establecidos por la Ley de Tránsito vigente para cada vía.

A mayor velocidad, mayor es el tiempo y la distancia que necesita para detener el vehículo y más graves las consecuencias ante cualquier falla mecánica, como el reventón de un neumático, la mala maniobra de otro conductor o cualquier otro imprevisto. 


La velocidad máxima permitida por las señales o la reglamentación, no es siempre la más segura.

En determinadas circunstancias es necesario disminuir la velocidad.

Tener en cuenta que:

A medida que aumenta la velocidad, aumenta su riesgo de muerte ya que, hay menos tiempo para actuar y se necesita más distancia para frenar.

Cada 15 Km/h que aumenta la velocidad, a partir de los 80 Km/h se duplica el riesgo de morir en un accidente.

Por ello, es fundamental respetar los límites de velocidad, aunque no parezcan adecuados, ya que siempre hay razones de seguridad para los mismos.

 

Puede haber en el camino situaciones complicadas, que a usted no le han sucedido jamás, pero que justifican un límite determinado de velocidad.

 

Además, su velocidad debe adecuarse a:

  • La cantidad y velocidad de los otros vehículos que circulan junto a usted
    • Esta regla es válida para circular “dentro” de la velocidad permitida y segura, nunca a más velocidad de la segura y permitida. 
    • Un ejemplo: Si Ud. acelera más de la cuenta porque un ansioso se le pega atrás y lo acosa con luces... en lugar de un ansioso al volante, habrá dos! Si lo apuran, córrase y déjelo pasar, no se enganche!. 
    • Otro ejemplo: Es muy común observar en un camino congestionado la ansiedad de ciertos apurados que zigzaguean o circulan por la banquina desesperados por avanzar rápido. Esto no es seguro para ellos ni para los demás.
  • Las características del camino
    • El estado del camino obliga a disminuir la velocidad en determinadas circunstancias. 
    • Por ejemplo si la superficie es de ripio, si el camino es estrecho, con curvas, con pendientes pronunciadas, sin banquinas, con mala marcación, etc.
  • Las condiciones horarias y climáticas
    • Durante la noche, cuando llueve, cuando hay niebla, polvo, nieve, etc., disminuir la velocidad aumenta el margen para maniobrar.



Velocidad Precautoria o velocidad segura

El conductor debe circular siempre a una velocidad tal que, teniendo en cuenta su salud, el estado del vehículo y su carga, la visibilidad existente, las condiciones de la vía y el tiempo y densidad del tránsito, tenga siempre el total dominio de su vehículo y no entorpezca la circulación. 
De no ser así deberá abandonar la vía o detener la marcha.

Circular siempre a una velocidad tal que, tenga siempre el total dominio de su vehículo y no entorpezca la circulación. 


Velocidad Máxima 

Los límites máximos de velocidad son:

a) En zona urbana:

1. En calles: 40 km/h;

2. En avenidas: 60 km/h;

3. En vías con semaforización coordinada y sólo para motocicletas y automóviles: la
velocidad de coordinación de los semáforos;



b) En zona rural:

1. Para motocicletas, automóviles y camionetas: 110 km/h
2. Para microbús, ómnibus y casas rodantes motorizadas: 90 km/h
3. Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: 80 km/h
4. Para transportes de sustancias peligrosas: 80 km/h



c) En semiautopistas: 

1. Para motocicletas, automóviles: 120 km/h
2. Para camionetas: 110 km/h
3. Para microbús, ómnibus y casas rodantes motorizadas: 90 km/h
4. Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: 80 km/h;
5. Para transportes de sustancias peligrosas: 80 km/h;




d) En autopistas: 

1. Para motocicletas, automóviles: 130 km/h
2. Para camionetas: 110 km/h
3. Para microbús, ómnibus y casas rodantes motorizadas: 100 km/h
4. Para camiones y automotores con casa rodante acoplada: 80 km/h;
5. Para transportes de sustancias peligrosas: 80 km/h;

Los mismos del inciso b), salvo para motocicletas y automóviles que podrán llegar hasta 130 km/h y los del punto 2 que tendrán el máximo de 100 km/h;



e) Límites máximos especiales:

1. En las encrucijadas urbanas sin semáforo: la velocidad precautoria, nunca superior a 30
km/h

2. En los pasos a nivel sin barrera ni semáforos: la velocidad precautoria no superior a 20
km/h y después de asegurarse el conductor que no viene un tren

3. En proximidad de establecimientos escolares, deportivos y de gran afluencia de personas:
velocidad precautoria no mayor a 20 km/h, durante su funcionamiento

4. En rutas que atraviesen zonas urbanas, 60 km/h, salvo señalización en contrario.



Límites Especiales

Se respetarán además los siguientes límites:

a) Mínimos:

1. En zona urbana y autopistas: la mitad del máximo fijado para cada tipo de vía

2. En caminos y semiautopistas: 40 km/h, salvo los vehículos que deban portar permisos, y
las maquinarias especiales

b) Señalizados: 

Los que establezca la autoridad del tránsito en los sectores del camino en los que así lo aconseje la seguridad y fluidez de la circulación; 

c) Promocionales: 

Para promover el ahorro de combustible y una mayor ocupación de automóviles, se podrá aumentar el límite máximo del carril izquierdo de una autopista para tales fines.


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Fuente Ley de Tránsito 24.449 artículo 50,51,52, Luchemos por la Vida



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