Suspenden la licencia por tapar la patente

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Piden quitar la licencia de los que las ocultan con trucos


Tapar la patente es una de las infracciones de tránsito que pueden provocarle una multa a un conductor. 
Ahora piden que sea motivo para quitar la licencia.

Tapar la patente es una infracción y puede ser considerado un delito, por lo que se puede denunciar a quienes lo hagan ante la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) para que se los sancione.

¿Es infracción o es delito? 

📷Foto subida por @jotaleonetti a Twitter para que lo vea la ANSV donde lograron identificar al conductor, que está radicado en el municipio de San Isidro"


La Agencia Nacional de Seguridad Vial le solicitó al Municipio de San Isidro que le suspenda la Licencia de Conducir.

La Justicia toma el hecho como delito (Art. 289 del Código Penal) cuando la adulteración apunta a modificar el dominio para que parezca otro. 


¿Qué dicen los códigos de faltas?

Cuando se tapa, ensucia u oculta la chapa propia, lo habitual es que se lo considere una simple infracción, por ejemplo: 
  • La prevista en el art. 6.1.9 de la Ley 451 de CABA 
  • En numerosos códigos de faltas de todo el país.

 

"Salir a la calle con la patente tapada es como salir armado y con pasamontañas. Sabés que vas a hacer cosas que no se pueden hacer en el tránsito", planteó Leonetti. "Estás adulterando un documento público, lo que no es una infracción, es un delito", agregagaron en @InfoSegVial

 

"La ANSV está viendo cómo actuar porque en algunos municipios según el Código de Tránsito tapar la patente es una infracción. Lo que se quiere es que a nivel nacional, adulterar la patente, taparla y obstruir su lectura, con fines de violencia vial, sea directamente un delito", concluyó.


 Podes enviar tus denuncias a través de estos medios:


¿Qué dice la Ley y cómo se penaliza a los conductores tapa patentes?

En la calle es común ver algún auto cuya patente fue tapada o alduterada con cintas, rayones y otros trucos para así evitar ser identificada a través de fotomultas.

Ley de Tránsito 24449
  • Artículo 77:
    • Constituyen faltas graves las siguientes:
      • f) La circulación con vehículos que no tengan colocadas sus chapas patentes reglamentarias, o sin el seguro obligatorio vigente


📌 ¿Se puede retener el registro por una infracción?



El la Ciudad de Buenos Aires:
  • El Código de Tránsito dentro de la Ley 2148 del Gobierno de la Ciudad especifica que:
    • Todos los vehículos motorizados, acoplados y semiacoplados destinados a circular por la vía pública deben llevar instaladas las placas oficiales de identificación de dominio entregadas por la autoridad competente a nivel nacional tal como lo establece la Ley Nacional de Tránsito
    • En la Ciudad, las multas que enfrentan estos conductores ya sea por falta de patente o dominio tapado es de 1000 UF (Unidades Fijas), el equivalente a $ 75.710. 
    • Además, la normativa establece el descuento de 10 puntos de scoring por "circular, estar estacionado o detenido sin placas de dominio", lo que aplica también si se impide o dificulta la visualización de la patente por medio de pliegues, añadiduras y mal estado de conservación, o si se encuentra colocada en forma antirreglamentaria o girada respecto de su posición normal.


"Es obligación de los titulares, conductores o responsables del vehículo que dichas placas se encuentren siempre en buen estado de conservación, sin pliegues y sin ningún tipo de aditamento que impida o dificulte su visualización, y colocadas en posición y forma normal en los lugares reglamentarios"


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Fuente:
https://www.cronista.com/
@InfoSegVial

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