Micros y trenes de larga distancia ya podrán transportar mascotas
Autorización oficial para viajar con mascotas
A través de la Resolución 2076/2025, la SecretarÃa de Transporte del Ministerio de EconomÃa autorizó el traslado de animales domésticos en los servicios de transporte terrestre de larga distancia que operan bajo jurisdicción nacional.
La normativa fija pautas y condiciones especÃficas para que los pasajeros puedan viajar con sus mascotas de manera ordenada y segura.
La decisión responde a una demanda del sector y de los usuarios, ya que, a diferencia del transporte aéreo —donde el traslado de mascotas ya está permitido—, los micros y trenes de larga distancia no contaban con un marco regulatorio que lo habilitara.
Condiciones para los pasajeros
La resolución establece que cada pasajero mayor de edad podrá trasladar un solo animal doméstico por viaje.
La mascota deberá viajar dentro de un contenedor o transportador adecuado, que garantice condiciones de salubridad, seguridad y bienestar durante todo el trayecto.
El transportador deberá permanecer cerrado y podrá ubicarse preferentemente sobre la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o en el asiento contiguo a la ventana, siempre sujeto con el cinturón de seguridad correspondiente.
Documentación obligatoria y responsabilidades
Al momento del embarque —o cuando el personal de la empresa lo requiera— el pasajero deberá presentar:
- La constancia de vacunación antirrábica vigente
- Además de cualquier otra documentación exigida por la normativa aplicable.
Asimismo, el pasajero será responsable de la custodia, salud y seguridad del animal, y deberá garantizar que no genere molestias ni riesgos para el resto de los usuarios.
Rol de las empresas de transporte
Las empresas de micros y trenes serán las encargadas de definir las condiciones especÃficas del traslado, incluyendo limitaciones relacionadas con especies, razas, peso, dimensiones u otras caracterÃsticas de los animales.
También podrán establecer restricciones operativas vinculadas a dÃas, horarios o recorridos habilitados.
Además, deberán implementar procedimientos de limpieza y desinfección posteriores al traslado de mascotas, con el fin de asegurar que los asientos y espacios utilizados queden en condiciones adecuadas para su uso posterior.
Espacios adecuados en terminales y estaciones
La normativa indica que en terminales, estaciones y paradas habilitadas deberán disponerse espacios especÃficos para la espera y el abordaje de pasajeros que viajen con animales domésticos.
Estos sectores deberán estar correctamente señalizados y cumplir con las normas de seguridad e higiene vigentes.
Tarifas y excepción para perros de asistencia
Las empresas podrán fijar una tarifa razonable por el traslado de animales domésticos, la cual deberá informarse de manera clara y precisa, conforme a lo establecido por la Ley de Defensa del Consumidor.
Por otra parte, se aclara que los perros guÃa o de asistencia para personas con discapacidad quedan exceptuados de esta resolución, ya que cuentan con un régimen especÃfico que garantiza su acceso irrestricto al transporte.
Un cambio hacia un transporte más moderno
Con esta medida, el Gobierno Nacional elimina restricciones históricas al traslado de mascotas en servicios de larga distancia, actualiza la normativa vigente y la adapta a las necesidades actuales de los usuarios y del sector del transporte.
El nuevo esquema busca promover un sistema más moderno, responsable y flexible, basado en el bienestar animal y en la libertad de prestación de servicios.


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