Uno por uno, todos los documentos obligatorios para circular en auto en 2024

Uno por uno, todos los documentos obligatorios para circular en auto en 2024

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) dio a conocer cuáles son los documentos que deben llevar los conductores. Conocé todos los detalles.

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Desde la firma del DNU 70/2023, muchos conductores comenzaron a tener dudas acerca de los documentos requeridos para transitar con sus vehículos. 
Es por eso que la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) publicó uno por uno, todos los que son obligatorios.

¿Qué hago si tengo un comprobante en vez de una licencia de conducir?

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) se encuentra en un conflicto con el proveedor de los materiales para hacer las licencias de conducir, situación que está generando demoras para entregar los pláticos a los conductores.

Por eso las autoridades habilitaron el uso de un certificado acompañado por la app digital, según indicaron desde el Ministerio de Transporte provincial. 
La resolución estará vigente hasta el 31 de enero y tendrá la posibilidad de prorrogarse en caso de ser necesario.

El Ministerio de Transporte bonaerense habilitó esta excepción a la espera de normalización en el abastecimiento de materiales para la confección de los carnets.
La medida, que ya fue notificada a los 135 distritos bonaerenses, se debe al conflicto que atraviesa la Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) con el proveedor de dichos materiales. 
Así, para evitar demoras en los conductores que deban renovar su registro, se promueve el uso del certificado acompañado por la APP digital.
Cabe señalar que la citada resolución estará vigente hasta el 31 de enero y tendrá la posibilidad de prorrogarse en caso de que para esa fecha no estén disponibles los insumos que en la actualidad ofician como faltantes.

Lo mismo ocurre en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, donde los usuarios que fueron a renovar sus licencias se llevaron un comprobante y la promesa de recibir el carnet en días posteriores.

¿Cuáles son los documentos obligatorios para circular en auto en 2024?

Con el nuevo DNU 70/2023 de Javier Milei, surgieron cambios en los documentos obligatorios que hay que tener a la hora de circular en vehículo.

La Agencia Nacional de Seguridad Vial (ANSV) avisó que los documentos que sí o sí tienen que llevar los conductores son los siguientes:
  • Licencia Nacional de Conducir
  • Cédula verde o azul.
  • Comprobante de seguro en vigencia.
  • Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo
    • Es obligatorio circular con el último comprobante del impuesto a la radicación del vehículo (patente), aunque genere polémica.
    • Por “último” no se entiende al último que se abonó, sino al del último vencimiento, que debería, a su vez, ser el último abonado. 
      • Si el último abonado corresponde a un período vencido dos o más meses atrás, el comprobante no tendrá validez ya que el impuesto estará vencido.
  • Documento Nacional de Identidad (DNI)
  • Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV)
    • Desde la cartera de Transporte de la Nación remarcaron que la VTV y el seguro seguirán siendo requisitos obligatorios para la circulación porque las reformas del DNU no afectan a la Ley Nacional 24.449 de Tránsito y Seguridad Vial.
    • Cabe destacar que aunque no es necesario llevar actualizados la VTV y el comprobante de póliza de Seguro, se hará una multa.
    • La VTV  sigue siendo obligatoria

    •  Multa por circular con la VTV vencida
      • Por circular con la VTV vencida: 
        • Entre 300 y 1.000 UF
          • Entre $ 231.300 y $ 771.000 
  • Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
  • Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares

Será obligatorio exhibir esos documentos a la autoridad competente, pero no podrán ser retenidos si no mediare denuncia de hurto o robo del automotor u orden de autoridad judicial.


Además, se establece que las autoridades provinciales o municipales "No podrán imponer otros requisitos" para la circulación.

Fuente:
https://www.ambito.com/

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