Multa por cruzar la barrera baja

Multa por cruzar la barrera baja

La Justicia condenó a una mujer a pagar una cifra millonaria debido a un incidente ocurrido en 2022 que entorpeció el servicio del Tren Sarmiento por una hora.

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La Sala 1 de la Cámara Federal de Apelaciones de San Martín dejó firme en los últimos días una sentencia que obliga:
A una mujer a pagar un total de 5 millones de pesos por provocar un incidente ocurrido a fines del año pasado sobre las vías del Tren Sarmiento.


El hecho en cuestión tuvo lugar el 17 de noviembre de 2022 e involucró a un auto azul oscuro de la marca Volkswagen que fue embestido por una formación a la altura del paso a nivel (PAN) de la calles Almirante Brown (Del lado sur) y Carlos Calvo (Norte), ubicado en la localidad de Ramos Mejía, al norte del partido de La Matanza.

Así quedó el auto que chocó aquella tarde el Tren Sarmiento

La conductora había sido condenada al citado embargo tras ser encontrada responsable del delito de "Entorpecimiento del normal funcionamiento de los transportes, cometido de manera culposa" por el Juzgado Federal número 7 de Morón.

El fallo explica que se comprobó por medio de las grabaciones y fotografías que el vehículo pasó la barrera baja, colocó la parte delantera dentro de la traza y, segundos antes de que pasara el convoy, retrocedió, pero sin poder evitar la colisión.


A su vez, detalla que el maquinista afirmó que "Cuando se encontraba próximo al PAN, el rodado intentó cruzarlo rápidamente pese a que la barrera indicaba que no podía pasar y que las luces y las chicharras funcionaban con normalidad, por lo que presionó el freno de emergencia y tocó la bocina varias veces no logrando detener la marcha a tiempo". 

Finalmente, el tribunal recordó que el siniestro ocasionó el entorpecimiento "Parcial" del servicio debido a que la línea tuvo que evitar la estación de Ramos Mejía durante 54 minutos, permaneció obstruida la vía general y el tren que chocó no pudo llegar a destino: "Su conducta implicaba un riesgo jurídicamente desaprobado, que podía generar el daño que provocó y, al haber expuesto su propia vida y bienes, evidencia que actuó con la confianza de que no iba a concretarse el resultado lesivo que debió prever".

Fuente:
https://www.vivieloeste.com.ar/

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