¿A qué edad pueden ir los chicos en el asiento delantero?

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¿A qué edad pueden ir los chicos en el asiento delantero?




Repasamos algunos aspectos claves para que los más pequeños viajen seguros

Si bien parece una obviedad, siempre vale la pena recordar que el acto de subirse al auto incluye la aplicación de diversas medidas de seguridad. 

Al fin y al cabo, un vehículo es un medio del que su conductor o conductora en cualquier momento puede llegar a perder el control, tanto por un fallo humano como mecánico, y en consecuencia generar un accidente, afectando a propios y extraños.

Centrándonos específicamente en los más chiquitos de la familia, una de las medidas claves para evitar heridas de consideración radica en su correcta ubicación en el vehículo. 

No deben estar sentados donde ellos quieren, sino donde más protegidos pueden llegar a estar ante un siniestro vial.


La ubicación de los chicos en el auto

En Argentina, la Ley Nacional de Tránsito (Nº 24.449) contempla en su artículo 40 una serie de requisitos para circular en un vehículo automotor, entre los que se encuentra el siguiente:

  • “Los menores de 10 años deben viajar en el asiento trasero”


La norma se aplica en todo el país salvo en: 
  • La provincia de Mendoza 
  • En la Capital Federal
    • Donde el límite de edad alcanza a los 12 años. 
    • Eso sí: siempre atrás. Incluso, la ley no exime a las camionetas de cabina simple, por lo que en caso de que un menor utilice las plazas delanteras, el mayor a cargo debería ser multado. 

Además de la regulación sobre la edad, la ley de Transito señala que es de carácter obligatorio que los niños y niñas utilicen el Sistema de Retención Infantil (SRI), compuesto por una serie de complementos que le permiten a los más chicos estar bien protegidos.

El empleo de las “sillitas” también es de carácter nacional, aunque con algunas diferencias según cada territorio:
  • Capital Federal
    • Todos los menores de 12 años, que:
      • Midan menos de 1,50 metros o 
      • Que pesen menos de 36 kg deben usarlas.
  • Córdoba
    • No es obligatoria
  • Mendoza
    • Solo los menores de 4 años están obligados a usarlas
  • Santa Fe:
    • Aplica para los menores de hasta 5 años y/o 25 kilos

Además de que asociaciones civiles como Luchemos por la Vida recomiendan su uso, la Agencia Nacional de Seguridad Vial señala que la aplicación del SRI reduce en un 70% los riesgos de lesiones graves o incluso fatales.

La ANSV asegura que 7 de cada 10 menores no suelen viajar con la protección adecuada.


Fuente: 
Ley 24449 Artículo 40 inciso g)
https://especiales.autocosmos.com.ar/

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